29 de mayo 2020 - 09:57

Plazos fijos: elevan a 30% la tasa mínima que deberán ofrecer los bancos

El Banco Central ordenó subir el piso de intereses para los depósitos, que hasta ahora era del 26,6% anual. Regirá desde el 1 de junio. Es el equivalente a 79% de la tasa de política monetaria Leliq.

Cambios en plazos fijos. El Banco Central lanza nuevas medidas.

Cambios en plazos fijos. El Banco Central lanza nuevas medidas.

El Banco Central ordenó este viernes subir el piso de intereses para los depósitos al 30% anual con el objetivo de bajar la presión cambiaria. Hasta ahora, el interés mínimo que ofrecen los bancos deberá ser del 26,6%.

De acuerdo al comunicado, la autoridad monetaria elevó la tasa mínima para remunerar a las imposiciones en plazos fijos al equivalente a 79% de la tasa de política monetaria Leliq, que deberán ofrecer a partir del 1 de junio de 2020 las entidades financieras del Grupo A, que representan casi la totalidad del sistema.

La Comunicación “A” 7027 aprobada por el directorio del BCRA elevó de 70% a 79% de la tasa Leliq la remuneración de los plazos fijos. Significa para los ahorristas, sin importar el volumen o razón social, una Tasa Nominal Anual de 30,02% (TNA) y una Tasa Efectiva Anual de 35% (TEA).

El beneficio de la tasa mínima no estará disponible para las empresas que hayan accedido a las líneas de financiación a una tasa subsidiada del 24%.

Asimismo, el BCRA amplió la posibilidad a los productores agropecuarios de efectuar depósitos a tasa variable, ligados a la cotización del dólar.

Esta opción se suma a las ya existentes atadas a los precios de cereales y oleaginosas. La posibilidad de acceder a estos depósitos a tasa variable es para las personas con actividad agrícola y por un importe de hasta 2 veces el valor total de sus ventas de cereales y/u oleaginosas registradas desde el 1 de noviembre de 2019.

Otras medidas

También con el objetivo de quitarle presión al dólar, la autoridad monetaria dispuso que "las empresas que cuenten con activos líquidos originados en la formación de activos externos deberán disponer primeramente de esos recursos para el pago de obligaciones con el exterior".

En un comunicado, la autoridad monetaria dispuso "nuevas medidas para el acceso de las empresas al Mercado Único y Libre de Cambios (MULC) con el propósito de ordenar el pago de obligaciones por la importación de bienes".

"Las empresas deberán solicitar autorización previa al BCRA para acceder al mercado de cambios para el pago de obligaciones comerciales con el exterior si redujeron el monto vigente al 1 de enero de 2020", añade.

Además, se extiende a 90 días previos y 90 días posteriores la restricción para realizar operaciones de compra venta de títulos públicos en moneda local con liquidación en divisas para las empresas que requieran acceder al mercado oficial de cambio.

Más adelante, el BCRA detalló que "para certificar las obligaciones dispuestas se requerirá la presentación de una Declaración Jurada, la cual será verificada mediante el cruzamiento de las bases de SEPAIMPO (Sistema de Seguimiento de Pagos de Bienes) y RIOC (Régimen Informativo de Operaciones de Cambio), en caso de falsedad se bloqueará el acceso al mercado de cambios y se iniciarán las acciones penales cambiarias correspondientes".

Finalmente, el BCRA remarcó que "el propósito es garantizar que estas medidas estimulen el trabajo y producción local y evitar su abuso en la cancelación de obligaciones con el exterior.

El Gobierno se encuentra realizando importantes esfuerzos de asistencia a empresas afectadas por la crisis generada por el Covid-19, a través de diversos instrumentos como el Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP), la línea de crédito MiPyMEs con tasa subsidiada de 24% y la línea de créditos a tasa 0% para monotributistas y autónomos".

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